miércoles, 19 de marzo de 2008


EVOLUCIÓN CONCEPTUAL DEL DERECHO DE HUELGA

Nuestra Constitución Nacional , en su articulo 97, consagra el derecho a la huelga, y expone que “ Todos los trabajadores y trabajadoras del sector publico y privado tiene derecho a la huelga , dentro de las condiciones que establezca la Ley.”..
El derecho a huelga para los funcionarios públicos es uno mas de sus derechos . El derecho a la huelga, a traspasado a otros sectores sociales, y ha dejado de ser un instrumento exclusivo de la lucha laboral.
La huelga busca las mejoras en las condiciones de trabajo y en la consecución para una mejor calidad de vida de los trabajadores frente a los empleadores.
Para algunos investigadores, la huelga la comparan con la guerra, entendidas en el poder de sustraerse al derecho.
Para Von Ihering, reflejan el choque abierto de intereses contra restantes, son como fuerzas que dinamizan en todo el mundo incesante por el derecho.
En la huelga, se pueden observar la confrontación , entre la practica de este medio de auto tutela y los derechos de los otros miembros de la comunidad, en especial los derechos subjetivos, colectivos o comunitarios que nacen al amparo de las prestaciones deservicios públicos esenciales.
Podemos observar, que una persona tiene el derecho de ser asistida ya que posee problemas de salud y por el otro lado el medico a la enfermera que exigen sus derechos sociales laborales y no son escuchados.
La doctrina define la huelga como la suspensión colectiva del trabajo por de los obreros o empleados, realizado por acuerdo tomado entre ellos como medio para conseguir alguna pretensión social en relación a sus condiciones de trabajo.
Se considera que es un concepto complejo, puesto que profundiza sus raíces en base sociológicas, económicas y políticas.
Es dinámico, ya que se encuentra en un estado de revisión permanente y por ultimo la conflictividad, ya que su esencia es de tensión de intereses y se nutre de los conflictos.
Desde los inicios de la huelga, la violencia siempre estuvo presente, situación esta que a tendido a ser modificada, ya que se observa propuestas de armonía y pacificación que priva en los conflictos.
Grandes autores como Jeze o Hauriou, en su doctrina, entendían que era una prohibición la realización de la huelga, en especial en el ámbito de los servicios públicos.
En la Constitución Mexicana, del año 1917, aprobada por su congreso constituyente, fue la primera donde se aceptara las garantías sociales, en ella se ordenaba que las leyes reconozcan como un derecho de los obreros y el patrono las huelgas y los paros.
En Alemania y España, no hubo un reconocimiento expreso de este derecho, solo hasta finalizada la segunda guerra mundial, donde aparecen reconocidos en la Constitución francesa del 49 y la Italiana del 48.
En América, en algunos países fueron los primeros que los Europeos, en reconocer este derecho, como por ejemplo: Cuba 1940, Uruguay 1942, Costa Rica 1944, Bolivia y Colombia 1945, Brasil 1946 y Argentina 1957.
Podemos enfocar que el derecho a huelga nace con un carácter limitativo del ejercicio del derecho sancionatorio de los patronos sobre los obreros.
La historia registra los momentos mas importantes de la huelga:
Como un ilícito; en el año 1800 en Inglaterra, en el año 1810 en Francia e Italia, lo incorporaron como un delito conspirador contra las libertades de contratación y de trabajo.
Como un hecho disvalioso sujeto a regulación; tras su despenalización, se continuaba considerando a la huelga como circunstancias de hecho disvaliosa y antijurídicas.
Como un hecho jurídico; Aun disvalioso como un acto jurídico colectivo que pretende modificar la voluntad del empleador.
Como un derecho subjetivo; se ubica entre los derechos humanos fundamentales que el ordenamiento jurídico garantiza.
Se destacan tres teorías:
Derecho Potestativo; Se considera el derecho a huelga , otorga a los trabajadores la potestad de alterar un contrato o relación de trabajo suspendido unilateralmente efectos como la prestación.
Derecho de la Personalidad; se considera el derecho a huelga, como un medio para el desarrollo de la persona humana del trabajador.
Derecho de Equilibrio Social; En apoyo a la Constitución Italiana, se considera el derecho a la huelga como la sindicacion de negociación colectiva o de congestión en la empresa.
La Comisión Interamericana de los derechos humanos, han demandado, a países por destituir a sus trabajadores, quienes fueron acusados de complicidad con una asonada militar, así mismo con despido de trabajadores que gozaban del fuero sindical.
En el ámbito de los servicios públicos, el derecho a la huelga , ha sido incorporado pero con algunas restricciones, quedando claro que el derecho a huelga no puede afectar a la continuidad de los servicios públicos, ni el orden social , ni la paz publica, siendo estos valores a cargo del estado.
La huelga ha sido concebida como la suspensión o abstención colectiva y temporal de la prestación de trabajo, concertada por una asociación gremial, con el fin de presionar y convencer a los empleadores sobre la conservación , abstención o modificación de condiciones laborales en procura de beneficios profesionales.
El derecho a huelga, es considerado como un derecho subjetivo, por lo que debe estar balanceado con respecto del derecho de los demás, por ello es importante que las huelgas sean:
Legal y pacifica
Voluntaria su participación y no coactiva.
Respetar el derecho de los que no están de acuerdo.
No afectar los derechos de los habitantes
El Estado debe adoptar medidas adecuados para evitar los daños irreparables.




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